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15/10/2007 GMT 1

Alta velocidad TAV Massanes-Maçanet de la Selva (Ferrocarril)

lejarza @ 08:24

BOP Núm. 12848 MINISTERIO DE FOMENTO SECRETARÍA GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. Dirección General de Ferrocarriles. Resolución correspondiente al expediente de expropiación forzosa que seQue viene la Renfe.El Tren que pasara por Argelaguer 2 trenes tramita con motivo de las obras de modificación del Proyecto deconstrucción de plataforma de la línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa. Tramo: Massanes-Maçanet de la Selva.Expediente 174ADIF0701 RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES de fecha 26 septiembre de 2007 por la que se abre Información Pública correspondiente al expediente de Expropiación Forzosa que se tramita con motivo de las obras del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, MODIFICACIÓN DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE PLATAFORMA DE LA LÍNEA DE ALTA VELOCIDAD MADRID-ZARAGOZA-BARCELONA-FRONTERA FRANCESA. TRAMO: MASSANES-MAÇANET DE LA SELVA. . En los términos municipales de MAÇANET DE LA SELVA y MASSANES . EXPTE:174ADIF0701.El Administrador de Infraestructuras Ferroviarias insta la incoación del expediente expropiatorio para disponer de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de expropiación MODIFICACIÓN DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE PLATAFORMA DE LA LÍNEA DE ALTA VELOCIDAD MADRID-ZARAGOZA-BARCELONA-FRONTERA FRANCESA. TRAMO: MASSANES-MAÇANET DE LA SELVA. En los términos municipales de MAÇANET DE LA SELVA y MASSANES , cuyo proyecto básico ha sido debidamente aprobado. Dichas obras están incluidas en la normativa de la Ley 39/2003 de 17 de noviembre del Sector Ferroviario, Capítulo II sobre Planificación, Proyecto y Construcción de Infraestructuras integrantes de la red ferroviaria de interés general. Lo anterior implica que la aprobación del proyecto referenciado en el encabezamiento del presente escrito conlleve la declaración de utilidad pública y la urgencia de la ocupación a efectos de expropiación forzosa y la aplicación de los preceptos contenidos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y concordantes de su Reglamento de 26 de abril de 1957. En su virtud, y a los efectos señalados en el Título II, Capítulo II, de la vigente ley de Expropiación Forzosa y en los concordantes del Reglamento para su aplicación.Este MINISTERIO ha resuelto abrir información pública durante un plazo de QUINCE (15) días hábiles, contados desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado, en la forma dispuesta en el artículo 17, párrafo primero del Reglamento de 26 de abril de 1957, para que los propietarios que figuran en la relación adjunta y todas las demás personas o entidades que se estimen afectadas por la ejecución de las obras, puedan formular por escrito ante este Departamento, las alegaciones que consideren oportunas, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Expropiación Forzosa y en el artículo 56 del Reglamento para su aplicación. Esta publicación servirá de notificación para los interesados desconocidos o de ignorado domicilio a los efectos prevenidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Además podrán consultar el Anejo de Expropiaciones tanto en los locales del Ministerio de Fomento, Dirección General de Ferrocarriles, Subdirección General de Construcción, como en los respectivos Ayuntamientos afectados por la ejecución de las obras contenidas en el proyecto de que se trata.SiR Lejarza Argelaguer-Garrotxa Llierca

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On nobis, sed ómnibus Sigillum Militum Xpist

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