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Argelaguer Vall del Llierca
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El Blog de Leningrad Garrotxa Olot: Argelaguer - Tortellà - Montagut i Oix - Sales de Llierca - Sant Jaume de Llierca

27/09/2007 GMT 1

Inspecció de Treball, Cales de Llierca S.A.,Ajuntament de Argelaguer,CYCOSA, Riu Llierca

lejarza @ 00:26

Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Girona/ Inspecció de Treball i Seguretat Social de Girona

Oficio: N/REF: O.S. 17/0003117/06 MR/AC Fecha: 27-06-2007


Asunto Argelaguer: Cales de Llierca S.A.-Cales,Yesos y Cementos de Olot,S.A./CYCOSA-Riu Llierca i Fluvià Corredor Biologíc-Parc Natural Zona Volcanica de la Garrotxa/Espai Protegic de la Alta Garrotxa.Consell Comarcal de la Garrotxa.


Destinatario: Juan Rodriguez Lejarza/Riu Llierca i Fluvia. Registro de Salida Nº 17/5062614/07

Me es grato manifestarle que el Asunto de referencia ha dadoEl Circo de Cales de Llierca SA-Cycosa Argelaguer lugar a la Oden de Servicio también referenciada, y que ha sido cumplimentada por el actuante en los términos contenidos en el informe que le traslado para conocimiento y efectos. Al propio tiempo. y a efectos de su posible personación en los procedimientos sancionadores iniciados por las actas de infracción a las que se hace referencia, y de conformidad con lo establecido en los artículos 13.2 de la Ley 42/97, de 14 de noviembre y 9.1 f) párrafo 2° del Real Decreto 928/98, de 14 de mayo, en relación con el artículo 31.I.c) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, se le informa que el conocimiento y resolución de los mismos corresponde a DIRECCIO DELS SERVEIS TERRITORIALS DE TREBALL DE GIRONA , órgano ante el cual previa acreditación de su condición de interesado, podrá solicitar su personación en dichos procedimientos sancionadores.

Em plau manifestar-vos que l'Assumpte de referéncia ha generat l´Ordre de Servei també referenciada, i que ha estat complimentada per l'actuant en els termes continguts a l´informe que us transmeto pel vostre coneixement i efectes. Al mateix temps, i a fi i efectes de la seva possible compareixenga en els procediments sancionadors iniciats per les actes d'infracció a les que es fa referéncia, i de conformitat amb l´establert en els articles 13.2. de la Llei 42197, de 14 de novembre i 9.1.f) parágraf 2° del Reial Decret 928/98, de 14 de Maig, en relació amb l'articlé 31.1.c) de la Llei 30/92, de 26 de Novembre, l´informo que el coneixement i la resolució dels referits procediinents corespón a DIRECCIO DELS SERVEIS TERRITORIALS DE TREBALL DE GIRONA ,organ davant el cual, previa acreditació de la seva condició d'interessat, podrá sol-licitar la seva compareixença en els mencionats procediments sancionadors.

Fdo: Macario Martínez Alonso

EL JEFE DE LA INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y S.S. El CAP DE LA INSPECCIÓ PROVINCIAL DE TREBALL I S.S. Álvarez de Castro,4 17001 Girona Tlf. 972.20.59.33 Fax. 972.20.97.85

INFORME;

En contestación a su denuncia, se informa en los siguientes términos: Se efectuó visita de inspección al centro de trabajo denunciado, y hechas las correspondí entes comprobaciones tras visita ocular y examen de documentación en comparecencia ante la funcionaria actuante, se constata los siguiente: La empresa ha iniciado con el Ayuntamiento de Argelaguer las gestiones oportunas a fin de poder delimitar las zonas de trabajo propiedad de la empresa. Hasta ahora existe un camino de servidumbre pública -camino de Montagut a Tortellá- que pasa por el centro de las instalaciones de la empresa. Se ha requerido para que en cuanto tengan resuelto el problema con el Ayuntamiento en cuestión, se proceda a señalizar el espacio correspondiente a la empresa con carácter inmediato.

En cuanto a la gestión de la Prevención de Riesgos Laborales se examina la documentación relacionada con la evaluación de riesgos y planificación anual de la empresa en materia preventiva. Se constata que la empresa va realizando unas fichas con las cuestiones a realizar cada año y se van incorporando a la planificación conforme se van realizando.

Respecto de las condiciones higiénicas de los vestuarios y Cales de Llierca S.A. Volem Mutuas per Punts Los accidentes laborales de responsabilidad de la Mutua Asepeyo de Olot y Garrotxaaseos, así como de la sala -destinada a uso como comedor, -se comprueba que no cumplen las condiciones mínimas de higiene exigidas, por lo que se actua en este sentido reglamentariamente.Asimismo, se ha requerido a la empresa para que realice inmediatamente una medición ambiental de contaminantes pulvígenos a fin de comprobar el nivel de contaminación existente en el centro de trabajo.

La Inspectora de Trabajo y Segúridad Social Firmado: Inmaculada Muñoz Reyes

EL JEFE DE LA INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y S.S. El CAP DE LA INSPECCIÓ PROVINCIAL DE TREBALL I S.S. Álvarez de Castro,4 17001 Girona Tlf. 972.20.59.33 Fax. 972.20.97.85 SiR Lejarza Argelaguer-Garrotxa

Comentarios
VALL DEL LLIERCA Cap Argelaguer: Sales de Llierca, Sant Jaume de Llierca, Montagut i Oix, Tortellà. VALL D'HOSTOLES Cap Les Planes d'Hostoles: Sant Feliu de Pallerols, Sant Aniol de Finestres. ÁMBIT DE BESALÚ Cap Besalú: Beuda, Maia de Montcal, Sant Ferriol. CONCA ALTA DEL FLUVIÁ Cap Olot: Castellfollit de la Roca, Les Preses, Riudaura, Sant Joan les Fonts, La Vall de Bianya, La Vall d´en Bas, Mieres, Santa Pau.

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  1. Catalunya CO2 INSTAL·LACIONS AFECTADES DE CATALUNYA Kioto Cambio Climatico.

    LLISTAT D’EMISSIONS VERIFICADES
    Titular Emissions verificades 2005 Emissions verificades 2006 Dif. 2006-2005 Activitat Municipi
    Aconda Paper S.A. 5.581 15.116 9.535 Paper Flaçà
    Agustín Barral S.A. 6.032 5.755 -277 Paper La Pobla de Lillet
    Ahlstrom Barcelona S.A.U. 6.604 6.414 -190 Paper Capellades
    AISMALIBAR, SA 5.121 Combustió Montcada i Reixac
    Almar Productos Cerámicos, S.A. 13.841 11.978 -1.863 Ceràmica Cerdanyola del Vallès
    ANERIQA, AIE 44.044 Combustió Tarragona
    Anoia d'Energia, S.A. 75.269 71.763 -3.506 Cogeneració Martorell
    ARAGONESAS INDUSTRIA Y ENERGIA, SA 6.176 Combustió Vila-Seca
    ARAGONESAS INDUSTRIA Y ENERGIA, SA 43.505 Combustió Vila-Seca
    Arcyde, S.A. 4.888 4.555 -333 Ceràmica El Papiol
    Asanefi, AIE 64.621 63.193 -1.428 Cogeneració Vila-Seca
    Asfaltos Españoles S.A. 74.002 69.839 -4.163 Refineria Tarragona
    BASF ESPAÑOLA, S.A. 3.680 Combustió Tarragona
    BAYER POLIMEROS, SL 3.060 Combustió Tarragona
    BENITO ARNÓ E HIJOS, SA 1.319 Combustió Riudecols
    BENITO ARNÓ E HIJOS, SA 3.071 Combustió Alfarràs
    Bunge Ibérica, SA 39.738 66.381 26.643 Cogeneració Barcelona
    Cales de Llierca S.A. 68.287 70.737 2.450 Cal Argelaguer Vall del Llierca Garrotxa.Juzgado de Paz de Argelaguer. Acta de Conciliación 1/2008-A: Juan Rodríguez Lejarza, Pedro Puigbert de Ros, Joan Lluch Zorrilla, Cales de Llierca S.A.)
    Acta de conciliació 1/2007-A/ Riu Llierca i Fluvia Argelaguer
    Lo manda y firma el Sr. Juez de Paz de Argelaguer: Jutgat de Pau d´Argelaguer. Juzgado de Paz de Argelaguer. Conciliación 1/2008-A: Juan Rodríguez Lejarza-Cales de Llierca S.A.

    Cales de Pachs S.A. 104.093 111.722 7.629 Cal Pacs del Penedès
    CARGILL ESPAÑA, SA 13.002 Combustió Reus
    CARGILL IBERICA, SL 18.464 Combustió Martorell
    CARGILL IBERICA, SL 30.226 Combustió Barcelona
    Cartonajes del Penedés S.A. 3.076 2.836 -240 Paper Sant Pere Riudevitlles
    Cartones Españoles S.A. 1.327 1.311 -16 Paper La Llagosta
    CASTELLAR VIDRIO, SA 73.452 86.766 13.314 Vidre Castellar del Vallès
    Celulosa de Levante S.A. 18.401 11.203 -7.198 Paper Tortosa
    Cementos Molins Industrial S.A. 1.179.299 1.219.331 40.032 Ciment Sant Vicenç dels Horts
    Cemex España S.A. 772.597 770.227 -2.370 Ciment Sant Feliu de llobregat
    Cemex España S.A. 1.563.595 1.462.311 -101.284 Ciment Alcanar
    Cerámica Ausit, S.A. 6.151 455 -5.696 Ceràmica Montcada i Reixac
    Cerámica Baucells S.A. 3.161 3.111 -50 Ceràmica Hostalets de Balenyà
    Cerámica Belianes, S.L. 15.360 14.396 -964 Ceràmica Belianes
    Cerámica Cullere S.A. 9.373 10.490 1.117 Ceràmica Belianes
    Cerámica D´Almacelles S.A. 7.991 9.083 1.092 Ceràmica Almacelles
    Cerámica Farreny, S.A. 13.293 13.239 -54 Ceràmica Balaguer
    Cerámica Font, S.A 3.867 0 -3.867 Ceràmica Les Franqueses del Vallès
    Cerámica Fuste, S.A. 12.616 11.989 -627 Ceràmica Fondarella
    Cerámica la Coma S.A. 23.944 23.120 -824 Ceràmica Balaguer
    Cerámica la Corona S.A. 12.909 13.365 456 Ceràmica Canovelles
    Cerámica Pierola, S.L. 23.262 20.450 -2.812 Ceràmica Piera
    Cerámicas Aguilar S.L. 9.426 9.035 -391 Ceràmica El Papiol
    Cerámicas Calaf, S.A. 9.934 10.167 233 Ceràmica Calaf
    Cerámicas Piera S.L. Centro Pierola 2.342 3.257 915 Ceràmica Hostalets de Pierola
    Cerámicas Princep S.L. 10.745 9.654 -1.091 Ceràmica Santa Llogaia d'Alguema
    Cerámicas Sugrañés S.A. 11.148 9.602 -1.546 Ceràmica Cerdanyola del Vallès
    Cerámiques Estructruals de Llinars, S.L. 29.445 28.276 -1.169 Ceràmica Llinars del Vallès
    Cerámiques Estructruals del Penedés, S.L. 43.506 40.876 -2.630 Ceràmica Olèrdola
    Ceramiques Estructruals Manresanas, SL 24.953 24.899 -54 Ceràmica Callús
    Cía. Española de Laminación, S.L. 266.720 277.375 10.655 Aceria Castellbisbal
    Cobane, AIE 21.425 4.253 -17.172 Cogeneració Tarragona
    Cogeneración de Banyoles Aie 17.623 12.450 -5.173 Cogeneració Banyoles
    Cogeneración del Ter 106.301 105.928 -373 Cogeneració Sarrià de Ter
    Cogeneración J. Vilaseca 33.299 28.073 -5.226 Cogeneració Capellades
    Cogeneración UFIC 47.344 46.697 -647 Cogeneració La Pobla de Claramunt
    Cogeneradora del Prat S.A. 125.894 1.356 -124.538 Cogeneració El Prat de Llobregat
    Comercial Aymerich S.A. 11.963 14.263 2.300 Ceràmica Santa Eugènia de Berga
    Comercial e Industrial Aries S.A. 89.462 95.338 5.876 Cal Olesa de Bonesvalls
    Compañía de Explotaciones Energéticas, S.L. 31.832 31.844 12 Cogeneració El Prat de Llobregat
    Confirel A.I.E. 22.988 20.460 -2.528 Cogeneració Beuda
    Corporación Alimentaria Guissona 39.011 42.900 3.889 Cogeneració Guissona
    Corporación Alimentaria Guissona, S.A. 28.028 19.135 -8.893 Cogeneració Lleida
    COURANT ENERGIES LES SLU 52.320 18.981 -33.339 Cogeneració Les
    Covislan, S.L. 10.657 13.812 3.155 Cogeneració Terrassa
    CRAY VALLEY IBERICA, SA 11.656 Combustió Sant Celoni
    Crisbisbal S.A. 23.172 25.563 2.391 Vidre Castellbisbal
    Cristalerías de Mataró S.C.O.C.L. 24.313 11.899 -12.414 Vidre Mataró
    Derivados Calcicos S.A. 24.760 48.692 23.932 Cal Girona
    Desimpacte de Purins Alcarras, S.A. 63.831 65.149 1.318 Cogeneració Alcarràs
    Desimpacte de Purins Corcó 64.930 65.063 133 Cogeneració Santa Maria de Corcó
    Desimpacte de Purins Voltrega, S.A. 66.551 67.099 548 Cogeneració Les Masies de Voltregà
    DISTRICLIMA, SA 325 Combustió Barcelona
    Dow Chemical Ibérica, SL 22.645 30.625 7.980 Cogeneració La Pobla de Mafumet
    Dow Chemical Ibérica, SL 152.864 Combustió Tarragona
    Elyo Martorell, A.I.E. 102.644 106.620 3.976 Cogeneració Martorell
    ELYO SANT JOAN, AIE 15.947 Combustió Sant Joan de les Abadesses
    ENAGAS, SA 1.683 Combustió Barcelona
    ENAGAS, SA 4.206 Combustió Banyeres
    ENAGAS, SA 20.400 Combustió Tivissa
    Endesa Generación - Foix 786.175 879.605 93.430 Tèrmica Cubelles
    Endesa Generación S.A. – S. Adrià del Besòs 664.411 428.285 -236.126 Tèrmica Sant Adrià del Besòs
    Endesa Generación, S.A. - Besos 837.553 178.158 -659.395 Tèrmica Sant Adrià del Besòs
    Endesa Generación, S.A. - Tarragona 1.005.462 702.471 -302.991 Tèrmica Tarragona
    Energética de Roselló A.I.E. 108.866 110.936 2.070 Cogeneració Reoselló
    Ercros Industrial 7.623 Combustió Sant Celoni
    Ercros Industrial 21.907 Combustió Tarragona
    Ercros Industrial 25.381 Combustió Tortosa
    Ercros Industrial 21.100 49.233 28.133 Cogeneració Flix
    Erfei, A.I.E. 57.046 49.223 -7.823 Cogeneració Tarragona
    Fibrarel, AIE 53.397 38.633 -14.764 Cogeneració Tordera
    Fibrel 52.423 51.999 -424 Cogeneració Blanes
    FIRTEC,SA 4.303 Combustió Barberà del Vallès
    FMC FORET, SA 3.116 Combustió Barcelona
    Foraneto, S.L. 52.308 38.660 -13.648 Cogeneració Barcelona
    Gas Natural, S.D.G., S.A. - Besos 4 699.286 910.434 211.148 Tèrmica Sant Adrià del Besòs
    Goma-Camps S.A.U. 21.240 19.705 -1.535 Paper La Riba
    GREIXOS I FARINES DE CARN, SA 3.832 Combustió Tèrmens
    Guarro Casas S.A. 4.332 6.455 2.123 Paper Gelida
    HENKEL IBERICA, SA 9.830 Combustió Montornès del Vallès
    Hisane A.I.E 42.532 23.551 -18.981 Cogeneració Reus
    Ibérica del Papel S.A. 4.891 6.628 1.737 Paper La Torre de Claramunt
    IBERPOTASH, SA 11.152 Combustió Sallent
    IBERPOTASH, SA 11.221 Combustió Sùria
    ILERPROTEIN, SL 8.241 Combustió Almacelles
    Imerys TC España 11.813 11.420 -393 Cogeneració Castellbisbal
    Inacsa 56.781 50.307 -6.474 Cogeneració Sant Celoni
    Indulleida, S.A. 46.197 43.162 -3.035 Cogeneració Alguaire
    Industrial Cerámica Can Costa, SA 12.485 12.803 318 Ceràmica Cerdanyola del Vallès
    Industrias Cerámicas Brancos S.A. 7.876 8.565 689 Ceràmica La Bisbal d'Empordà
    INDUSTRIAS QUIMICAS ASOCIADAS, SL 44.163 Combustió Tarragona
    J. Vilaseca, S.A. 2.982 6.106 3.124 Paper Capellades
    Josep Valles Miquel S.A. 2.317 2.225 -92 Paper Sant Pere Riudevitlles
    Juan Campmany Trabal S.A. 8.688 8.365 -323 Ceràmica Sant Cugat del Vallès
    Juan Romaní Esteve S.A. 15.554 16.710 1.156 Paper La Pobla de Claramunt
    KAO CORPORATION, SA 26.998 Combustió Olesa de montserrat
    KAO CORPORATION, SA 36.951 Combustió Mollet
    KNAUF GBMH SUCURSAL ESPAÑA 21.701 Combustió Guixers
    La Seda de Barcelona - Courtaulds 58.593 57.026 -1.567 Cogeneració El Prat de Llobregat
    LAFARGE CEMENTOS, SA 536.888 544.035 7.147 Ciment Montcada i Reixac
    M.B. Papeles Especiales 21.935 14.764 -7.171 Paper La Pobla de Claramunt
    Matías Goma Tomás S.A. 6.886 9.221 2.335 Paper La Riba
    Miguel Carreras Vernis S.A.U. 8.406 7.514 -892 Ceràmica Figueres
    Miquel y Costas i Miquel S.A. 29.387 28.215 -1.172 Paper Barcelona
    Nestlé España, SA 67.448 106.888 39.440 Cogeneració Girona
    Newark Catalana 31.797 31.737 -60 Paper Alcover
    NISSAN MOTOR IBERICA, SA 6.529 Combustió Barcelona
    Nufri S.A.T. 88.464 145.833 57.369 Cogeneració Mollerusa
    NYLSTAR, SA 6.044 6.044 Combustió Blanes
    Palau Cerámica de Alpicat, S.A. 31.978 29.908 -2.070 Ceràmica Alpicat
    PANASFALTO, SA 4.361 Combustió Valls
    Papelera de Riudevitlles S.A. 20.219 12.874 -7.345 Paper Sant Quintí de Mediona
    Papelera del Principado S.A. 31.402 32.657 1.255 Paper Mollerusa
    Papelera Marcelino Sabate S.A. 4.427 3.070 -1.357 Paper Sant Pere Riudevitlles
    Pere Valls S.A. 2.399 2.486 87 Paper Sant Pere Riudevitlles
    PIRELLI NEUMATICOS, SA 26.216 Combustió Manresa
    Printerel, S.L. 23.124 22.221 -903 Cogeneració Sant Vicenç dels Horts
    Puigfel, S.A. 4.268 3.916 -352 Cogeneració Barcelona
    PULEVA FOOD, SL 12.225 Combustió Mollerusa
    PURAC BIOQUIMICA, SA 23.291 Combustió Montmeló
    Ramón Clemente S.A. 14.603 15.294 691 Vidre Masnou
    RECKITT BENCKISER ESPAÑA, SL 5.043 Combustió Granollers
    Refratechnik Ibérica, S.A. 13.461 14.284 823 Cogeneració Castellet i la Gornal
    Rencat A.I.E. 66.296 63.687 -2.609 Cogeneració Castellet i la Gornal
    Reno de Medeci Ibérica S.L. 2.807 25 -2.782 Cogeneració El Prat de Llobregat
    Repsol Petróleo S.A. 2.758.717 2.714.233 -44.484 Refineria La Pobla de Mafumet
    Repsol Química S.A. - Perafort 580.864 190.499 -390.365 Cogeneració El morell-Perafort
    Repsol Química, SA 6.453 Combustió El Morell
    Repsol Química, SA 192.664 522.378 329.714 Cogeneració El Morell
    Rofeica Energía S.A. 47.111 45.936 -1.175 Cogeneració La Pobla de Claramunt
    S.A. Llensa 10.399 9.083 -1.316 Ceràmica Forallac
    SA SAMM EL PRAT 4.998 Combustió El Prat de Llobregat
    SA SAMM SANTA COLOMA 4.374 Combustió Santa Coloma de Gramanet
    Saint Gobain Vicasa S.A. 38.773 38.693 -80 Vidre Montblanc
    Saint-Gobain Cristalería S.A 90.924 92.972 2.048 Vidre L'Arboç del Penedès
    SAN MIGUEL, FABRICAS DE CERVEZA, SA 8.811 Combustió Lleida
    SCA Hygiene Paper España S.L. 15.726 15.344 -382 Paper Mediona
    SCA Hygiene Paper España S.L. 8.953 19.390 10.437 Paper Puigpelat
    SCA Hygiene Paper España, S.L. - Puigpelat 2 8.296 9.344 1.048 Paper La Riba
    Schott Ibérica, S.A. 20.794 20.614 -180 Vidre Sant Adrià del Besòs
    Seat S.A. 12.458 Combustió Barcelona
    Seat S.A. 66.527 68.861 2.334 Cogeneració Martorell
    SORIGUE, SA 4.294 Combustió Balaguer
    Stora Enso Barcelona S.A. 201.334 188.517 -12.817 Cogeneració Castellbisbal
    Sucesores de Cerámica de Papiol S.A. 5.591 5.735 144 Ceràmica El Papiol
    Sugrañés Gres Catalán S.A. 7.292 7.062 -230 Ceràmica Calaf
    Suministros Cerámicos del Vallés, S.L. 19.303 19.665 362 Ceràmica Sant Cugat del Vallès
    TABLEROS TRADEMA, SL 7.764 Combustió Solsona
    Tarragona Power S.L. 931.933 911.666 -20.267 Tèrmica Tarragona
    Tejala, S.A. 19.238 18.868 -370 Ceràmica Rubí
    Terracuita Jorba S.A.U. 12.129 12.441 312 Ceràmica Jorba
    Terreal España de Cerámicas S.A.U. 14.722 15.105 383 Ceràmica La Pera
    Teuleria Almenar, S.A. 66.267 64.990 -1.277 Ceràmica Almenar
    Teulería les Forques, S.A 12.561 14.033 1.472 Ceràmica Alcoletge
    Toden A.I.E. 41.351 28.726 -12.625 Cogeneració Sant Cugat del Vallès
    Torraspapel S.A. 38.805 4.207 -34.598 Paper Sarrià de Ter
    Torraspapel S.A. 3.800 41.348 37.548 Paper Sant Joan les Fonts
    Tortosa Energía 114.298 106.392 -7.906 Cogeneració Tortosa
    Tractaments de Juneda S.A. 61.513 64.711 3.198 Cogeneració Juneda
    Uniland Cementera S.A. 1.317.541 914.923 -402.618 Ciment Santa Margarida i els Monjos
    Uniland Cementera S.A. 944.624 1.257.980 313.356 Ciment Sitges
    Unión Industrial Papelera, S.A. 30.592 27.171 -3.421 Paper La Pobla de Claramunt
    Uralita Tejados, SA 3.061 -3.061 Ceràmica Cervellò
    Ursa Iberica Aislantes, S.A. 20.891 23.530 2.639 Cogeneració El pla de santa Maria
    Valoritzacións agroramaderes Les Garrigues S.L. 64.179 67.708 3.529 Cogeneració Juneda
    VAPELTAR, AIE 62.009 Combustió Tarragona
    Vidriería Rovira S.L. 93.533 89.143 -4.390 Vidre Barcelona
    Vidrierías Masip S.A. 11.633 9.380 -2.253 Vidre Cornellà de Llobregat
    Viesgo Generación - Cercs 891.905 1.022.993 131.088 Tèrmica Cercs
    Virtisú S.L. 7.641 7.632 -9 Paper La Torre de Claramunt
    Total d'emissions verificades 20.061.830 19.741.082
    Les instal·lacions de les activitats “combustió”, corresponent a l’ampliació de l’àmbit d’aplicació de la Llei 1/2005, el
    2006 ha estat el primer any de notificació de les emissions de CO2.

    Catalunya CO2 INSTAL·LACIONS AFECTADES DE CATALUNYA Kioto Cambio Climatico | 15-12-2008 - 19:52:24 GMT 1 #

  2. Catalunya CO2 MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

    MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
    20530 REAL DECRETO 1370/2006, de 24 de noviembre, (25 noviembre 2006 BOE núm. 282)
    por el que se aprueba el Plan Nacional de
    Asignación de derechos de emisión de gases
    de efecto invernadero, 2008-2012.
    Este real decreto aprueba el Plan Nacional de asignación
    de derechos de emisión de gases de efecto invernadero
    para el periodo 2008-2012.
    El Plan Nacional de Asignación (PNA en adelante)
    para el periodo 2008-2012 es el segundo elaborado en el
    marco del régimen comunitario de comercio de derechos
    de emisión de gases de efecto invernadero y el primero
    que se aplicará coincidiendo con el periodo de compromiso
    (2008-2012) establecido en el Protocolo de Kioto a la
    Convención Marco de Naciones Unidas de Cambio Climático.
    El PNA hace frente a un difícil equilibrio: por un lado,
    debe hacer posible el cumplimiento del compromiso
    cuantificado de limitación del crecimiento de las emisiones
    de gases de efecto invernadero establecido en el Protocolo
    de Kioto, con arreglo al cual las emisiones promedio
    en el periodo 2008-2012 no pueden superar en más
    del 15% las emisiones del año base; por otro lado, las
    decisiones implícitas en el PNA deben preservar la
    competitividad y el empleo de la economía española así
    como la estabilidad del presupuesto público.
    La experiencia ganada a través de la elaboración y
    aplicación del primer PNA en el periodo 2005-2007 ha
    facilitado los trabajos preparatorios. No obstante, la
    evolución de las emisiones, situadas un 47,9% por
    encima de las del año base en 2004, y las previsiones
    oficiales que estiman un crecimiento por encima del
    50% en el periodo 2008-2012 si no se adoptan medidas
    adicionales, hacen necesaria una actualización de la
    senda de cumplimiento del Protocolo de Kioto respecto
    de la proyectada en el PNA 2005-2007.
    El objetivo sobre el que se ha construido el Plan 2008-
    2012 está dirigido a que las emisiones globales de gases
    de efecto invernadero en España no superen en más de
    un 37% las del año base en promedio anual en el
    periodo 2008-2012. Para ello habrá de llevarse a cabo un
    importante esfuerzo adicional de reducción además de
    asegurar el cumplimiento de las medidas ya previstas.
    Esta cifra total se alcanza a través de la suma del 15% de
    incremento del objetivo Kioto, un 2% adicional a través de
    la absorción por los sumideros y de la adquisición del
    equivalente a un 20% en créditos de carbono procedentes
    de los mecanismos de flexibilidad del Protocolo de Kioto.
    Se mantiene el reparto del esfuerzo de reducción del
    Plan Nacional de Asignación 2005-2007 entre los sectores
    sujetos y no sujetos a la Directiva. La asignación de derechos
    de emisión a los sectores sujetos al régimen de
    comercio de derechos de emisión es más restrictiva que
    la llevada a cabo por el Plan 2005-2007, de modo que el
    total asignado corresponde a las emisiones en 1990 de los
    sectores afectados incrementadas en un 15%. La asignación
    promedio anual asciende, en aplicación de este criterio,
    a 144,85 millones de toneladas de derechos de emisión,
    a las que se añaden 7,825 millones de toneladas de
    derechos de emisión anuales de reserva (un 5,4% de la
    asignación anual), lo que resulta en un total de 152,673
    millones de toneladas derechos de emisión anuales. Esta
    asignación supone un recorte del 16% respecto del
    Plan 2005-2007 y de casi el 20% respecto a las emisiones
    del año 2005.
    En relación con los mecanismos de flexibilidad, la
    Ley 1/2005, en su artículo 14, dispone la necesidad de que
    el PNA indique el porcentaje máximo sobre la asignación
    de cada instalación de créditos procedentes de mecanismos
    de flexibilidad basados en proyectos del Protocolo
    de Kioto que pueden ser utilizados por los titulares de las
    instalaciones para el cumplimiento de las obligaciones de
    entrega anual de derechos. El Plan dispone que en el
    periodo 2008-2012 el titular de cada instalación podrá
    cumplir con sus obligaciones entregando reducciones
    certificadas de emisiones (RCE) y unidades de reducción
    de emisiones (URE) hasta un porcentaje que varía en función
    del sector de actividad al que pertenece la instalación:
    será del 70% para el sector de producción de energía
    eléctrica de servicio público y del 20% para el resto de
    sectores. El porcentaje se calculará sobre la cantidad de
    derechos de emisión asignada a cada instalación para
    todo el período 2008-2012. La cantidad resultante podrá
    ser utilizada para el cumplimiento de la obligación de
    entrega de derechos en cualquier momento del periodo
    de referencia del Plan
    En cuanto a la asignación sectorial, en la distribución
    de los derechos entre los distintos sectores se ha tenido
    en cuenta tanto la capacidad tecnológica y el potencial de
    reducción de cada sector como el distinto grado de exposición
    a la competencia internacional.
    Así, en la asignación a los sectores industriales se
    parte de la intensidad de emisiones por unidad de producto
    en 2005, introduciendo un esfuerzo adicional de
    mejora de eficiencia, lo que se traduce en una asignación
    anual de 73,64 millones de derechos de emisión.
    En relación con el sector de generación eléctrica se
    toma como referencia el factor de emisión de la mejor
    tecnología disponible de cada tecnología de generación,
    corregida con un factor de ajuste. Este criterio conduce a
    una asignación de 54,053 millones de derechos de emisión
    en media anual; cifra sensiblemente inferior a la
    asignada en el periodo 2005-2007, a las emisiones proyectadas
    para el periodo e, incluso, a las emisiones reales del
    sector en el año base.
    En cuanto al resto de instalaciones de combustión no
    mencionadas anteriormente, la asignación anual supone
    un leve incremento respecto al cálculo de las emisiones
    en 2005, es decir 17,16 millones de derechos de emisión
    en medial anual. Se trata, no obstante, de una cifra coherente
    con la previsión de crecimiento del sector,
    empleando la mejor tecnología disponible. El PNA incorpora la estimación de las emisiones de este tipo de instalación
    en el año base, tal como se anunciaba en el Real
    Decreto 777/2006, de 23 de junio, por el que se modifica el
    Real Decreto 1866/2004, de 6 de septiembre, por el que se
    aprueba el Plan Nacional de Asignación de derechos de
    emisión, 2005-2007.
    El PNA incorpora la interpretación de la definición de
    instalación de combustión acordada en la reunión del
    Comité de Cambio Climático de la Comisión Europea
    de 31 de mayo de 2006 tal y como se recoge en su Anexo C.
    De acuerdo con lo establecido por el artículo 19 de la
    Ley, las asignaciones individuales a cada una de las instalaciones
    deben concretarse a través de un procedimiento
    administrativo de asignación. Cabe señalar, por tanto,
    que el listado de instalaciones que se incorpora al PNA
    como Anexo B tiene un carácter indicativo. El PNA establece
    como fecha límite para la presentación de las solicitudes
    de asignación gratuita de derechos de emisión el 30
    de diciembre de 2006.
    En relación con el procedimiento de asignación individual
    de derechos, y en conexión con el artículo 17.2 a) de
    la Ley, por el que se establece la obligación de que la
    metodología de asignación individual no genere diferencias
    injustificadas entre sectores ni instalaciones, el PNA
    precisa el sistema de cálculo de derechos para aquellas
    instalaciones cuya entrada en funcionamiento esté prevista
    con posterioridad al inicio del periodo de referencia.
    Una asignación que no genere diferencias injustificadas
    requiere establecer dos precisiones adicionales:
    a) que el cálculo de derechos para estas instalaciones
    se haga prorrateando las mensualidades que restan
    hasta el final del periodo;
    b) que, en el supuesto de retrasos superiores a un
    mes desde la fecha prevista para la entrada en funcionamiento
    –y por tanto, fecha prevista utilizada para calcular
    la asignación–, debe descontarse la parte proporcional al
    retraso antes de efectuar la transferencia definitiva de
    derechos.
    Solamente de esta manera se asegura una asignación
    equitativa de derechos en un procedimiento concurrente,
    evitándose consecuencias indeseadas que afectarían
    negativamente la expectativa de derechos de potenciales
    terceros nuevos entrantes.
    La reserva asciende al 5,4% (7,825Mt/a) de la asignación
    anual, frente al 1,84% de la asignación anual incluida
    en el Plan 2005-2007. Por otro lado, dado el carácter ajustado
    de la asignación, no se introduce el procedimiento
    de subasta para ningún sector, con la única salvedad contemplada
    en la Ley 1/2005 de una eventual enajenación
    de los derechos sobrantes en la reserva al final de
    periodo.
    En el apartado del Plan dedicado a los nuevos entrantes
    se desarrollan determinados aspectos relacionados
    con la asignación. El artículo 18 de la Ley establece la preferencia
    del orden temporal en la solicitud de asignación
    de nuevos entrantes. Dicho criterio, junto con los aplicables
    con carácter general en los procedimientos de asignación,
    merece alguna precisión adicional que permita
    conocer y ponderar adecuadamente la asignación a nuevos
    entrantes de manera equitativa, teniendo presente el
    grado de madurez de los proyectos y la probabilidad
    mayor o menor de que la fecha indicada sea la más probable
    para la entrada en funcionamiento de una instalación.
    Esto determinará una asignación más justa en la que
    no se bloqueen innecesariamente derechos, redundando
    en beneficio de potenciales nuevos entrantes que, en
    caso contrario, podrían ver dificultado su acceso a un
    volumen de derechos disponible en cuantía limitada.
    Se desarrollan los criterios aplicables para el cálculo
    de derechos de emisión correspondientes a cada solicitante.
    Son nuevos entrantes las instalaciones nuevas y los
    incrementos de capacidad nominal, sin que pueda en ningún
    ningún
    caso considerarse como incremento de capacidad la
    derivada de modificaciones destinadas a mejorar la eficiencia
    energética de la instalación, de la sustitución o
    incorporación de nuevos quemadores o dispositivos similares,
    de proyectos de ahorro o sustitución de combustibles,
    ni tampoco la debida a ampliaciones en la jornada
    laboral por la incorporación de turnos de trabajo adicionales.
    Con respecto al modo en que deben evaluarse las solicitudes,
    con el fin de que la Administración pueda calcular
    la asignación de derechos con mayor rigor, resulta
    imprescindible introducir criterios objetivos que permitan
    garantizar que la fecha empleada para el cálculo de la
    asignación es la que con mayor probabilidad coincidirá
    con la entrada en funcionamiento real de la instalación.
    Esta asignación de derechos implica un procedimiento de
    concurrencia competitiva. En un contexto de disponibilidad
    limitada, previsiones excesivamente optimistas pueden
    ocasionar un perjuicio grave al resto de los potenciales
    solicitantes, tanto en la asignación inicial como en la
    asignación con cargo a la reserva. El bloqueo de derechos
    implícito en la asignación se prolonga hasta la fecha prevista
    de entrada en funcionamiento, lo que supone mermar
    innecesariamente la expectativa de terceros.
    Esto aconseja, por un lado, la inclusión de un plazo
    máximo de antelación en la presentación de solicitudes, y
    por otro, la asignación con cargo a la reserva de aquellas
    instalaciones cuya fecha de entrada en funcionamiento
    prevista sea muy próxima al final del periodo de vigencia
    del PNA anterior, dada la posibilidad de retrasos que conduzcan
    a una entrada en funcionamiento efectiva con
    posterioridad al inicio del siguiente PNA. Para estas instalaciones
    se efectuará una asignación provisional con
    cargo a la reserva de nuevos entrantes que quedará confirmada,
    o corregida a la baja en la parte proporcional al
    retraso, en caso de que se produjera, una vez comunicada
    la fecha de entrada en funcionamiento por el órgano autonómico
    competente.
    Este criterio pretende evitar asignaciones con cargo al
    tope máximo autorizado para instalaciones existentes
    que detraigan derechos del conjunto que se ha de repartir
    entre las instalaciones que se hallan efectivamente en
    funcionamiento. El total de derechos disponible para las
    instalaciones existentes es limitado y la inclusión en el
    reparto de instalaciones en las que todavía existe un
    grado de incertidumbre relevante supondría una disminución
    proporcional de los derechos disponibles para quienes
    sí están en funcionamiento efectivo al inicio del
    periodo.
    Adicionalmente, una previsión demasiado optimista
    podría ocasionar retrasos respecto de la fecha prevista de
    entrada en funcionamiento cuando los proyectos no estén
    lo suficientemente maduros en el momento de presentar
    la solicitud. Cuando esto sucede, se generan disfunciones
    tanto para los órganos autonómicos competentes, que
    han de modificar la autorización, como para la Administración
    General del Estado, que ha de proceder a tantos
    recálculos de la asignación como retrasos se produzcan.
    Con este desarrollo se pretende en definitiva evitar
    desajustes perjudiciales para otros solicitantes que, en
    caso contrario, podrían ver desestimada su solicitud por
    falta de derechos disponibles en la reserva. Por ello, se
    introduce la exigencia de que la fecha de solicitud de la
    asignación de derechos sea razonablemente próxima a la
    prevista para la entrada en funcionamiento, requiriéndose
    la documentación que acredite que esta fecha ha
    sido calculada con objetividad y rigor, a fin de lograr una
    asignación lo más ajustada posible.
    Otro cambio relevante en el PNA 2008-2012 por comparación
    al marco jurídico aplicable al PNA 2005-2007 es
    la desaparición de la prohibición de constituir agrupaciones
    de instalaciones en el sector eléctrico. Esta previsión,
    de carácter transitorio en la Ley 1/2005, no se considera
    necesaria para el periodo 2008-2012, dadas las condiciones
    de mayor madurez en el mercado de derechos de
    emisión. Por tanto, en el supuesto de que instalaciones
    del sector de generación de servicio público quisieran
    cumplir sus obligaciones a través de una agrupación,
    deberían solicitar autorización con arreglo a lo previsto en
    la Ley 1/2005.
    La disposición final segunda habilita, mediante Orden
    del Ministro de la Presidencia, a propuesta conjunta de
    los Ministros de Economía y Hacienda, de Industria,
    Turismo y Comercio y de Medio Ambiente, a modificar la
    cuantía máxima de la asignación sectorial sin que ello
    suponga un incremento en el total de derechos establecido
    en el Plan en dos supuestos concretos:
    a) que una decisión de la Comisión Europea obligue
    a esta modificación;
    b) que la estimación de un recurso administrativo o
    contencioso-administrativo haga necesaria tal modificación.
    Este real decreto se dicta al amparo de las competencias
    estatales en materia de bases y coordinación de la
    planificación general de la actividad económica y en
    materia de legislación básica sobre protección del medio
    ambiente previstas en el artículo 149.1.13.ª y 23.ª de la
    Constitución, respectivamente.
    En la elaboración de este real decreto han sido consultadas
    las Comunidades Autónomas.
    En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el capítulo
    IV de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, a propuesta de los
    Ministros de Medio Ambiente, de Economía y Hacienda y
    de Industria, Turismo y Comercio, con la aprobación previa
    del Ministro de Administraciones Públicas, de acuerdo
    con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo
    de Ministros en su reunión del día 24 de noviembre
    de 2006,
    D I S P O N G O :
    Artículo único. Aprobación del Plan Nacional de Asignación
    de derechos de emisión, 2008-2012.
    Se aprueba el Plan Nacional de Asignación de derechos
    de emisión vigente para el período 2008-2012, que
    se inserta a continuación.
    La asignación de derechos de emisión de gases de
    efecto invernadero para este período tendrá lugar con
    arreglo a lo dispuesto en dicho Plan.
    Disposición final primera. Naturaleza básica y título
    competencial.
    Este real decreto tiene naturaleza básica y se dicta
    al amparo de las competencias estatales en materia de
    bases y coordinación de la planificación general de la
    actividad económica y de legislación básica sobre protección
    del medio ambiente previstas en el artículo
    149.1.13.ª y 23.ª de la Constitución, respectivamente.
    Disposición final segunda. Habilitación para la modificación
    de las asignaciones sectoriales.
    La cuantía máxima de asignación sectorial establecida
    en el Plan Nacional de Asignación 2008-2012 aprobado
    en este real decreto, podrá modificarse, mediante
    orden del Ministro de la Presidencia, a propuesta conjunta
    de los Ministros de Economía y Hacienda, de
    Industria, Turismo y Comercio y de Medio Ambiente, en
    los siguientes supuestos:
    a) que resulte necesario para poder ejecutar una
    decisión de la Comisión Europea;
    b) que resulte necesario para ejecutar una resolución
    estimatoria de un recurso administrativo o una sentencia,
    cuando sean firmes.
    En ningún caso podrá modificarse mediante orden
    ministerial la cantidad total de derechos asignados en el
    Plan aprobado por este real decreto.
    Disposición final tercera. Entrada en vigor.
    El presente real decreto entrará en vigor el día
    siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del
    Estado».
    Dado en Las Palmas de Gran Canaria, el 24 de
    noviembre de 2006.
    JUAN CARLOS R.
    La Vicepresidenta Primera del Gobierno
    y Ministra de la Presidencia,
    MARÍA TERESA FERNÁNDEZ DE LA VEGA SANZ
    (Vall del Llierca Argelaguer Garrotxa Catalunya CO2 INSTAL·LACIONS AFECTADES DE CATALUNYA Kioto Cambio Climatico )

    Catalunya CO2 MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA | 15-12-2008 - 20:05:38 GMT 1 #

  3. Agència Catalana de la Inspecció del Treball de la Generalitat de Catalunya :

    La Generalitat va aprovar en el seu Consell Executiu l'Agència Catalana de la Inspecció del Treball, un organisme autònom que reforçarà el control de la seguretat laboral en les empreses i l'avantprojecte de llei del qual es tramitarà per la via d'urgència al Parlament. La consellera de Treball de la Generalitat, Mar Serna, va explicar que la creació d'aquesta agència suposa "la primera vegada que una comunitat autònoma assumeix les competències en matèria d'inspecció laboral".
    La nova Agència Catalana de la Inspecció del Treball tindrà una plantilla de 400 persones, segons la previsió de la Generalitat, i "comptarà amb el seu propi cos de subinspectors, que servirà per reforçar el control de la seguretat laboral", segons Serna. "Aquest nou cos de subinspectors podrà aixecar actes d'inspecció, proposar sancions i paralitzar obres en cas de risc imminent", va detallar en roda de premsa la consellera.
    Totes les tasques que desplegui aquest nou cos de subinspectors de Treball de la Generalitat hauran de ser després ratificades per un inspector, com passa en administracions similars, com és el cas d'Hisenda. A més dels subinspectors, també treballaran en l'agència personal de l'administració i serveis que ara depenen del Govern espanyol.
    La creació d'aquesta Agència va ser qualificada per Serna com "un pas molt important per assumir competències en la inspecció del treball". Encara està pendent el traspàs de la Inspecció Treball a la Generalitat de manera definitiva, però Mar Serna espera que aquesta es porti a terme al juny, en la pròxima reunió bilateral de la comissió de traspassos. La titular de Treball va assenyalar que aquesta nova agència podria "estar operativa en el primer trimestre del 2010", si bé dependrà del calendari del Parlament.
    La nova agència, la creació de la qual ja es preveia a l'Acord Estratègic per a la Competitivitat, es configurarà com un organisme autònom i suposarà un esforç addicional de pressupost per a l'administració catalana de tres milions d'euros.
    Serna va presentar la nova agència durant el Dia de la Seguretat a la Feina, i va dir que "en un dia com avui hem de continuar treballant en aquesta via, perquè la falta de seguretat és una xacra per a l'economia catalana".

    VALL DEL LLIERCA Cap Argelaguer: Sales de Llierca, Sant Jaume de Llierca, Montagut i Oix, Tortellà. VALL D'HOSTOLES Cap Les Planes d'Hostoles: Sant Feliu de Pallerols, Sant Aniol de Finestres. ÁMBIT DE BESALÚ Cap Besalú: Beuda, Maia de Montcal, Sant Ferriol. CONCA ALTA DEL FLUVIÁ Cap Olot: Castellfollit de la Roca, Les Preses, Riudaura, Sant Joan les Fonts, La Vall de Bianya, La Vall d´en Bas, Mieres, Santa Pau.
    Osona Vic Ripoll Ripollès Figueres Alt Empordà Garrotxa Girona Catalunya España Lejarza Atur

    Agència Catalana de la Inspecció del Treball de la Generalitat de Catalunya | 29-04-2009 - 06:36:18 GMT 1 #

  4. El Sigma preveu reduir en un 50% els residus generats per persona en 3 anys :

    OLOT | X.VALERI
    El consorci del Medi Ambient i la Salut Pública de la Garrotxa (Sigma) preveu reduir en un 50% la quantitat de residus que es produeixen a la Garrotxa per persona en 3 anys. Segons ha explicat el conseller de Medi Ambient del Consell de la Garrotxa, Josep Berga (CiU), ara cada persona en produeix 1, 5 quilograms. Segons ell, una tercera part seria possible reduir-la evitant els envasos provinents dels comerços, com ara bosses de plàstic.
    Amb l'objectiu de fer baixar el nivell de bosses i envasos que van a les escombraries, el Sigma ha programat una campanya de conscienciació que, en una primera part, començarà dimecres i finalitzarà el 15 de juliol. En tant que una segona part començarà el 15 de setembre i s'allargarà fins al 20 d'octubre. L'acció que porta per títol "Triem reduir" consta de 43 sessions informatives adreçades als veïns i veïnes i els comerciants de la Garrotxa. Els ajuntaments i les associacions de veïns són els organismes a través dels quals es vehicularà la campanya.
    La primera de les xerrades començarà dimecres al local de l'Associació de Veïns dels Habitatges Garrotxa d'Olot. La propera està programada per dijous i està dirigida als veïns i comerciants del Nucli Antic d'Olot i tindrà lloc a partir de les deu del vespre als Catòlics d'Olot.
    ---
    VALL DEL LLIERCA Argelaguer, Sales de Llierca, Sant Jaume de Llierca, Montagut i Oix, Tortellà. VALL D'HOSTOLES Les Planes d'Hostoles, Sant Feliu de Pallerols, Sant Aniol de Finestres. Besalú, Beuda, Maià de Montcal, Sant Ferriol. FLUVIÁ Olot, Castellfollit de la Roca, Les Preses, Riudaura, Sant Joan les Fonts, La Vall de Bianya, La Vall d´en Bas, Mieres, Santa Pau Osona Vic Ripoll Ripollès Figueres Alt Empordà Garrotxa Girona Catalunya España Lejarza Madrid España Lliurona Berga Berguedà Bracons

    El Sigma preveu reduir en un 50% els residus generats per persona en 3 anys | 16-06-2009 - 08:55:16 GMT 1 #

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